Título TÍTULO PRELIMINAR

Art. 4

En vigor desde 28 ene 1999
1. El catalán, lengua propia de Cataluña, lo es también del Ayuntamiento de Barcelona. 2. El Ayuntamiento de Barcelona debe garantizar el uso del castellano, dentro del marco constitucional y estatutario. El Ayuntamiento debe hacer posible la atención a los ciudadanos y ciudadanas que pertenecen a minorías lingüísticas. 3. El Ayuntamiento de Barcelona debe normalizar el uso del catalán en el ámbito de sus competencias. 4. El Ayuntamiento de Barcelona debe fomentar el uso del catalán en el ámbito de las relaciones internacionales, para promover y reforzar el multilingüismo y la multiculturalidad en el marco mundial.
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eli/es-ct/l/1998/12/30/22#art-4

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