Art. Disposición adicional segunda
En vigor desde 19 nov 2005
En el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta Ley, se creará y pondrá en funcionamiento, con el carácter de titularidad y gestión estatal, un Centro Documental de la Memoria Histórica con sede en Salamanca, en el que se integrarán los fondos del actual Archivo General de la Guerra Civil Española.
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Proeli/es/l/2005/11/17/21#disposicion-adicional-segunda