Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 49
En vigor desde 1 ene 1994
De acuerdo con lo establecido en la cláusula 7 del Contrato –Programa Estado– Ente Público RTVE para 1993, el Estado asumirá con efectos de 1 de enero de 1994 la deuda del Ente Público Radiotelevisión Española por un importe de 30.500 millones de pesetas, en los términos que se indican en el anexo VII de esta Ley.
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Proeli/es/l/1993/12/29/21#art-49