Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO IV›Secc. Sección 3.ª Conocimiento y divulgación
Art. 45
En vigor desde 21 oct 2022
La Administración General del Estado, en colaboración con las universidades, los organismos públicos de investigación y las corporaciones de derecho público con competencias en la materia, incluidas las Reales Academias de ámbito nacional, fomentará en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en materia de memoria democrática, resaltando el componente europeo y global de la memoria democrática en España.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2022/10/19/20#art-45