Título TÍTULO XXXICapítulo CAPÍTULO VI

Art. 31

6-4

En vigor desde 31 dic 2017
La cuota íntegra se obtendrá aplicando la cantidad fija señalada en el siguiente cuadro: Tipo de servicio Importe (euros) 1 Homologación de centros médicos o de formación del personal ferroviario. 1.1 Nuevas homologaciones. 5.000,00 1.2 Ampliación, modificación o renovación de la homologación. 2.000,00 2 Expedición de habilitaciones del personal ferroviario. 2.1 Primera expedición. 110,00 2.2 Emisión de duplicados, renovación o modificación. 60,00 3 Autorización de vehículos ferroviarios. 3.000,00
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-vc/l/2017/12/28/20#art-31-25

Volver a la ficha de la norma
Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil