Art. 1
En vigor desde 9 jun 2026
1. El objeto de la presente ley es establecer el régimen de infracciones y sanciones administrativas en materia de agresiones en el ámbito sanitario por parte de las personas usuarias del sistema sanitario público de la Región de Murcia, pacientes, familiares y sus acompañantes contra los profesionales sanitarios y demás personal del sistema sanitario público de la Región de Murcia.
2. La finalidad de la presente ley es sancionar el incumplimiento de los deberes establecidos en Ley 3/2009, de 11 de mayo, de los Derechos y Deberes de los Usuarios del Sistema Sanitario de la Región de Murcia, de guardar el debido respeto y consideración a los profesionales sanitarios y al conjunto del personal de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, tanto en su dignidad personal como profesional, así como el de guardar el debido respeto y consideración al resto de pacientes, familiares y acompañantes.
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Proeli/es-mc/l/2026/06/04/2#art-1