Título TÍTULO III

Art. 40

En vigor desde 5 abr 2025
Las decisiones, actos y medios de intervención de las autoridades competentes del resto del territorio nacional, relacionados con el libre acceso a la actividad económica, tendrán eficacia en la Comunidad Autónoma de Cantabria, de acuerdo con lo establecido en los artículos siguientes.
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eli/es-cb/l/2025/04/02/2#art-40

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