Título TÍTULO IXCapítulo CAPÍTULO V

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 27 may 2025
1. Se habilita a la persona titular de la consejería competente en materia de medio ambiente para dictar cuantas disposiciones sean necesarias para el desarrollo reglamentario de esta ley. 2. Se faculta a la persona titular de la consejería competente en materia de medio ambiente a modificar, mediante orden, el anexo correspondiente al Registro Riojano de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y al Catálogo Riojano de Especies Amenazadas con el fin de actualizarlo. Se modifica por el art. único.26 de la Ley 2/2025, de 23 de mayo. Ref. BOE-A-2025-11007

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eli/es-ri/l/2023/01/31/2#disposicion-final-sexta

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