Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 4.ª Promoción interna
Art. 107
En vigor desde 25 abr 2023
Las pruebas de promoción interna, en las que deberán respetarse los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad, podrán llevarse a cabo en convocatorias independientes de las de ingreso cuando, por conveniencia de la planificación general de los recursos humanos, así se disponga por el órgano convocante.
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Proeli/es-as/l/2023/03/15/2#art-107