Título TÍTULO I
Art. 9
En vigor desde 4 mar 2020
La falta de emisión de la declaración ambiental estratégica, del informe ambiental estratégico, de la declaración de impacto ambiental o del informe de impacto ambiental, en los plazos legalmente establecidos, en ningún caso podrá entenderse que equivale a una evaluación ambiental favorable.
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Proeli/es-cm/l/2020/02/07/2#art-9