Título TÍTULO IV

Art. 33

En vigor desde 10 mar 2020
Las víctimas de actos terroristas gozarán de preferencia para su ingreso en los centros residenciales de personas mayores dependientes del sistema público y concertado cuando así lo demanden, máxime cuando se les haya reconocido la situación de dependencia.
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eli/es-ex/l/2020/03/04/2#art-33

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