Título TÍTULO IV
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 31 oct 2020
En el plazo de seis meses a contar desde la entrada en vigor de esta ley, el Gobierno de Aragón aprobará la disposición reglamentaria a que se refiere el artículo 42.3.
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Proeli/es-ar/l/2020/10/22/2#disposicion-final-segunda