Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 2.ª Empleo§ Subsección 1.ª Empleo en el sector privado

Art. 64

En vigor desde 9 mar 2019
Las investigaciones y los sistemas de información en salud laboral deberán desagregar los datos por sexos y realizar análisis de género de los mismos, considerando el impacto en la siniestralidad y morbilidad laboral de la diferente posición de hombres y mujeres en las esferas pública y privada, y en especial de la violencia de género.
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eli/es-cb/l/2019/03/07/2#art-64

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