Art. Artículo primero

En vigor desde 9 feb 2019
Se declara de aplicación al Cabildo Insular de Fuerteventura el régimen especial de organización a que se refiere la disposición adicional decimocuarta de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, y, en consecuencia, las normas contenidas en los capítulos II y III del título X de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, salvo las excepciones previstas en aquella.
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