Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 15
En vigor desde 30 ene 2021
Corresponde a la persona titular de la consejería competente en materia de administraciones públicas:
a) Mantener la adecuada coordinación con los órganos competentes en materia de personal de las demás administraciones públicas.
b) a d) (Suprimidas).
e) Ejercer las competencias que tiene atribuidas la Comunidad Autónoma de Galicia respecto al personal funcionario de Administración local con habilitación de carácter nacional.
f) Designar a las personas representantes de la Comunidad Autónoma en los tribunales calificadores de procesos selectivos de personal para las entidades locales.
Se suprimen las letras b), c), y d) por el .3 de la Ley 4/2021, de 28 de enero. Ref. BOE-A-2021-4633
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2015/04/29/2#art-15