Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 51 bis
En vigor desde 15 nov 2012
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 53.2 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre, de reestructuración y resolución de entidades de crédito, el límite de recursos ajenos obtenidos por el FROB durante el ejercicio presupuestario de 2012, será de 120.000 millones de euros.
Se añade por la disposición final 10.1 de la Ley 9/2012, de 14 de noviembre. Ref. BOE-A-2012-14062 . Téngase en cuenta que este artículo ya fue añadido por el Real Decreto-ley 24/2012. Se añade por la disposición final 10.1 del Real Decreto-ley 24/2012, de 31 de agosto. Ref. BOE-A-2012-11247 .
Tus anotaciones
Proeli/es/l/2012/06/29/2#art-51-bis