Título TÍTULO IV

Art. Disposición final cuarta

En vigor desde 29 jun 2012
Las leyes anuales de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura podrán modificar los elementos esenciales de los tributos propios de la Comunidad.
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eli/es-ex/l/2012/06/28/2#disposicion-final-cuarta

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