Capítulo CAPÍTULO IV

Art. Disposición final sexta

En vigor desde 15 jul 2012
Se faculta al Gobierno de la Comunidad de Madrid para dictar las disposiciones necesarias para el desarrollo de la presente Ley y para modificar el Anexo de la misma.
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eli/es-md/l/2012/06/12/2#disposicion-final-sexta

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