Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 25 mar 2011
1. Las competencias en materia de deporte y actividad física de las distintas administraciones públicas de la Comunitat Valenciana se ejercerán bajo los principios de colaboración, coordinación e información interinstitucional. A tal efecto, se establecerán los mecanismos necesarios entre las diversas administraciones con el fin de racionalizar y coordinar todas las acciones y medios disponibles. 2. Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana promoverán el deporte y la actividad física, prestando su apoyo tanto al deporte de competición debidamente organizado como a las actividades deportivas libres y espontáneas. 3. Corresponderá a las administraciones de la Comunitat Valenciana apoyar y promover las acciones encaminadas al desarrollo del deporte y la actividad física de las personas atendiendo a su diversidad.
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eli/es-vc/l/2011/03/22/2#art-4

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