Título TÍTULO IV

Art. Disposición adicional tercera

En vigor desde 1 ene 2021
Por los órganos competentes se procederá en el plazo de tres meses a la designación de los vocales que deban formar parte del Consejo Ejecutivo del Instituto de Finanzas de Cantabria. Se modifica por el .5 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-842

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eli/es-cb/l/2008/07/11/2#disposicion-adicional-tercera

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