Art. Disposición derogatoria única
En vigor desde 15 feb 2007
A la entrada en vigor de la presente Ley quedará derogada la disposición adicional trigésimo novena de la Ley 12/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Canarias para 2007.
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-cn/l/2007/02/09/2#disposicion-derogatoria-unica