Título TÍTULO V›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 41
En vigor desde 8 sept 2007
1. La Administración Pública de la Comunidad Autónoma de La Rioja podrá llevar a cabo la gestión de determinadas competencias en materia de vivienda a través del Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A.
2. El Instituto de la Vivienda de La Rioja, S.A., tiene personalidad jurídica propia, plena capacidad de obrar, patrimonio propio y autonomía funcional para el ejercicio de sus competencias.
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Proeli/es-ri/l/2007/03/01/2#art-41