Título TÍTULO VIII
Art. Disposición adicional vigésima
En vigor desde 1 ene 2005
El límite máximo de cobertura para nueva contratación, excluidas la modalidad de póliza abierta de gestión de exportaciones (PAGEX) y póliza 100, que podrá asegurar y distribuir la Compañía Española de Seguros de Crédito a la Exportación, Sociedad Anónima (CESCE) será, para el ejercicio del año 2005, de 4.547,28 millones de euros.
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Proeli/es/l/2004/12/27/2#disposicion-adicional-vigesima