Art. 1

En vigor desde 29 mar 2001
Se crea el Consejo General de Colegios de Protésicos Dentales como corporación de Derecho público, que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la Ley.
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eli/es/l/2001/03/26/2#art-1

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