Título TÍTULO I

Art. 2

En vigor desde 29 ago 1999
Formalmente se considera, a los efectos de la presente Ley, que la construcción, reforma o rehabilitación comprende todas las operaciones técnicas, económicas, administrativas y jurídicas que sean necesarias para hacer posible la utilización del edificio conforme al fin al que estuviera destinado y para garantizar su mejor uso y conservación.
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eli/es-md/l/1999/03/17/2#art-2

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