Art. 1

En vigor desde 18 oct 2014
Se crea el Consejo General de Colegios Oficiales de Dietistas-Nutricionistas como corporación de derecho público que tendrá personalidad jurídica y plena capacidad para el cumplimiento de sus fines con arreglo a la ley.
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eli/es/l/2014/10/15/19#art-1

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