Art. 5
En vigor desde 27 dic 2007
De conformidad con lo establecido en el artículo 103.4 del Estatuto de Autonomía para Andalucía, el procedimiento de elección de los Senadores representantes de la Comunidad Autónoma de Andalucía se regulará en el Reglamento del Parlamento de Andalucía.
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Proeli/es-an/l/2007/12/17/19#art-5