Título TÍTULO VIII›Capítulo CAPÍTULO I
Art. Directriz 2
En vigor desde 16 abr 2003
Las Directrices de Ordenación del Turismo tienen por ámbito de aplicación el territorio de la Comunidad Autónoma de Canarias, definido en el artículo 2 del Estatuto de Autonomía.
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Proeli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-2-1