Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. Directriz 10

Derogado
En vigor desde 16 abr 2003
1. Los programas de I+D del Gobierno de Canarias prestarán especial atención a los ejes orientados al medio ambiente y desarrollo sostenible, a la mejora de la calidad de vida y recursos naturales, y a la energía, con objeto de promover los conocimientos científicos precisos para contribuir a la implantación de modelos sostenibles de producción y de desarrollo urbano. 2. Las administraciones públicas adoptarán iniciativas orientadas a integrar sus intervenciones en la perspectiva de la sostenibilidad, bien mediante el desarrollo de las Agendas 21 y sus programas de ejecución, o a través de la implantación de los sistemas de gestión ambiental que aseguren la adecuada consideración de los aspectos ambientales en sus actividades y servicios. 3. El Gobierno de Canarias incentivará la implantación en las empresas de los sistemas homologados de gestión ambiental, con medidas tales como ayudas directas, baremación específica en las licitaciones públicas o el otorgamiento directo o inmediato de las autorizaciones administrativas necesarias de naturaleza ambiental.
Historial de versiones

Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.

Tus anotaciones

Pro

eli/es-cn/l/2003/04/14/19#directriz-10

Inicio
Buscar
Mis Consultas
Tienda
Perfil