Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO III
Art. Disposición final primera
En vigor desde 16 nov 2002
El Consejo de Gobierno de Castilla-La Mancha queda autorizado para dictar las disposiciones reglamentarias necesarias para el desarrollo de esta Ley.
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Proeli/es-cm/l/2002/10/24/19#disposicion-final-primera