Título TÍTULO IV›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 16
En vigor desde 7 nov 2018
Para garantizar una adecuada coordinación entre la Administración General del Estado y la Comunidad Autónoma de Canarias, se creará una Comisión Mixta y se establecerán mecanismos de coordinación de carácter sectorial entre ambas Administraciones que sean necesarios para la puesta en marcha, desarrollo y seguimiento del Régimen Económico y Fiscal de las Islas Canarias.
Se modifica por el .20 de la Ley 8/2018, de 5 de noviembre. Ref. BOE-A-2018-15139#au
Tus anotaciones
Proeli/es/l/1994/07/06/19#art-16