Título TÍTULO III

Art. 22

En vigor desde 5 ago 2018
1. A los efectos de ser calificadas como entidades socialmente responsables, las entidades valencianas deberán presentar una memoria de responsabilidad social que recoja los resultados analíticos sistemáticos y la evaluación de los aspectos que integran la responsabilidad social de la entidad referidos en el artículo anterior y seguir el procedimiento de verificación previsto en esta ley y sus normas de desarrollo. 2. La memoria de responsabilidad social se ajustará a los siguientes principios: deberá ser transparente, incluirá opiniones de los grupos de interés, será auditable, completa, relevante, adecuada al contexto organizacional sobre todo teniendo en cuenta las entidades y empresas de menos de 50 personas empleadas, precisa, neutral, comparable y clara. 3. La memoria de responsabilidad social se basará en cualquiera de los modelos nacionales e internacionales existentes, expresando la vinculación y compromiso de la entidad con las políticas de responsabilidad social y sostenibilidad, así como la puesta en marcha en su organización de este tipo de políticas, mostrando los resultados obtenidos.
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eli/es-vc/l/2018/07/13/18#art-22

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