Título TÍTULO I

Art. 4

En vigor desde 1 ene 2009
El Sistema Vasco de Garantía de Ingresos e Inserción Social obedecerá, en sus principios generales de actuación, en el diseño y planificación de sus instrumentos de actuación y en la práctica de sus intervenciones, al modelo de atención personalizada y de proximidad, ajustado al enfoque comunitario de la atención. En ese marco, otorgará prioridad a las actuaciones de prevención, facilitará, siempre que resulte posible y conveniente, la atención de las personas en su entorno habitual y garantizará la adaptación de las intervenciones a las necesidades de la persona o de la unidad convivencial, el carácter integral de dichas intervenciones y la continuidad de los itinerarios de atención.
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eli/es-pv/l/2008/12/23/18#art-4

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