Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO I
Art. 26 ter
En vigor desde 1 ene 2024
El plazo máximo previsto en el artículo 17.3 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental para la elaboración del estudio ambiental estratégico, y para la realización de la información pública y de las consultas previstas en los artículos 20, 21, 22 y 23 será de quince meses desde la notificación al promotor del documento de alcance, en el caso de los instrumentos de planeamiento de desarrollo, de treinta meses para los proyectos singulares de interés regional, de cuarenta y cinco meses para los planes generales y de sesenta meses para el Plan Regional de Ordenación del Territorio.
Se modifica, en la redacción dada a la disposición adicional 2.2 de la Ley 5/2022, de 15 de julio, por el .32 de la Ley 3/2023, de 26 de diciembre. Ref. BOE-A-2024-1373 Se añade por el .1 de la Ley 12/2020, de 28 de diciembre. Ref. BOE-A-2021-842
Tus anotaciones
Proeli/es-cb/l/2006/12/11/17#art-26-ter