Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO III
Art. 46
En vigor desde 18 jul 2024
En el marco de lo dispuesto en el artículo 32 de la Ley 16/2007, de 3 de diciembre, Andaluza de la Ciencia y el Conocimiento, el Instituto de Salud de Andalucía, entidad con la naturaleza de agencia administrativa de la Junta de Andalucía, de las previstas en el artículo 54.2.a) y reguladas en los artículos 65 a 67 de la Ley 9/2007, de 22 de octubre, de la Administración de la Junta de Andalucía, y Organismo Público de Investigación, tiene entre sus fines fomentar la investigación, el desarrollo, la innovación, la transferencia y el emprendimiento en salud en el marco del Sistema Andaluz del Conocimiento y del Sistema Español de Ciencia, Tecnología e Innovación.
Se modifica por la disposición final 2 de Ley 1/2024, de 21 de junio. Ref. BOE-A-2024-13825
Tus anotaciones
Proeli/es-an/l/2011/12/23/16#art-46