Título TÍTULO III›Capítulo CAPÍTULO III›Secc. Sección 3.ª Fundaciones del sector público autonómico
Art. Disposición final segunda
En vigor desde 1 ene 2011
Esta ley entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Diario Oficial de Galicia».
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Proeli/es-ga/l/2010/12/17/16#disposicion-final-segunda