Título TÍTULO IICapítulo CAPÍTULO I

Art. 39

En vigor desde 1 ene 2011
1. Las disposiciones de carácter reglamentario están sometidas a la siguiente jerarquía normativa: a) Decretos aprobados por el Consejo de la Xunta de Galicia. b) Órdenes aprobadas por las consejeras o consejeros. 2. Los reglamentos no podrán contener preceptos contrarios a la Constitución española, al Estatuto de autonomía y a las leyes u otras disposiciones de rango superior, ni regular materias reservadas a las leyes ni establecer la retroactividad de disposiciones sancionadoras restrictivas de derechos individuales o no favorables a éstos. 3. Son nulos de pleno derecho los reglamentos que infrinjan lo establecido anteriormente. 4. Las resoluciones administrativas no podrán vulnerar lo establecido en un reglamento, aunque sean dictadas por órganos de igual o superior rango al que dictó el reglamento.
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eli/es-ga/l/2010/12/17/16#art-39

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