Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO V›Secc. Sección 3.ª Plan de Reforma Interior
Art. 71
En vigor desde 1 feb 2006
La documentación del Plan de Reforma Interior será la propia de un Plan Parcial, y además deberá incluir:
a) Estudio de su incidencia sobre la población afectada.
b) El régimen de fuera de ordenación de las edificaciones afectadas, cuando lo hubiere.
c) Catálogo complementario, salvo justificación de su innecesariedad en los términos previstos para los Planes Parciales en el artículo 68.
d) Documentación gráfica refundida de la ordenación del entorno.
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Proeli/es-vc/l/2005/12/30/16#art-71