Art. Disposición final primera
En vigor desde 27 abr 1997
Los artículos 2.1, 2.2, 2.5, 4, 5 y 6 de la presente Ley, constituyen legislación básica del Estado sobre sanidad, dictada al amparo del artículo 149.1.16.a de la Constitución.
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Proeli/es/l/1997/04/25/16#disposicion-final-primera