Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO III

Art. 17

En vigor desde 13 ene 2021
Realizada la inscripción en el Registro de las áreas de promoción económica urbana de Cataluña, la dirección general competente debe publicar en el «Diari Oficial de la Generalitat de Catalunya» el nombre, la delimitación y la identificación de la inscripción registral del área constituida.
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eli/es-ct/l/2020/12/22/15#art-17

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