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Art. 43

En vigor desde 8 jul 2018
1. El portal turístico de la Comunitat Valenciana se configura como plataforma de promoción turística e incorporará la publicidad institucional en materia de turismo, información sobre actividades, productos y servicios turísticos y cualquier otra información que se considere de interés para cualquier usuario o usuaria turística. 2. El portal web incluirá un enlace visible y fácilmente accesible a un buzón de sugerencias y quejas, así como dispondrá de un enlace para la presentación ágil y eficaz de denuncias de oferta ilegal, publicidad engañosa y similares. Asimismo, dicho portal web será accesible con la finalidad de que las personas con discapacidad puedan percibir, entender, navegar e interactuar con la web. 3. El departamento del Consell competente en materia de turismo gestionará y actualizará los contenidos de la web con la celeridad necesaria para su eficacia, velando por la veracidad de los mismos.
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eli/es-vc/l/2018/06/07/15#art-43

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