Título TÍTULO I›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 13
En vigor desde 23 jul 2015
Las disposiciones de este Capítulo se aplicarán a todos los expedientes de jurisdicción voluntaria en lo que no se opongan a las normas que específicamente regulen las actuaciones de que se trate.
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Proeli/es/l/2015/07/02/15#art-13