Título TÍTULO II
Art. 10
En vigor desde 15 ene 2012
El Gobierno Regional desarrollará, en colaboración con la Administración Estatal y Local, la puesta en marcha de «Puntos de Activación empresarial» (PAE), en los que, mediante convenio con dichas administraciones, se integrarán los Puntos de Asesoramiento e lnicio de Tramitación (PAIT) y las ventanillas únicas a las que se refiere el artículo 70 bis de la Ley 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local.
Los PAE, además de facilitar los trámites administrativos para la creación de empresas, proporcionarán el asesoramiento preciso y realizarán la tramitación necesaria para su inicio de actividad.
Para la coordinación con las diferentes administraciones se establecerá un Sistema de Tramitación Telemática de Creación de Empresas.
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Proeli/es-cm/l/2011/12/15/15#art-10