Título TÍTULO II›Capítulo CAPÍTULO II
Art. 14
En vigor desde 1 ene 2011
Se modifica el artículo 29 de la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, que queda redactado como sigue:
«Artículo 29. Reorganización de la propiedad forestal y fomento de las agrupaciones de propietarios forestales.
Al objeto de garantizar la defensa contra los incendios forestales y de facilitar la ordenación de los montes y su planeamiento preventivo, se promoverá la reorganización de la propiedad forestal y la puesta en marcha de agrupaciones de propietarios forestales.»
Historial de versiones
Este artículo no ha sufrido modificaciones desde su publicación.
Tus anotaciones
Proeli/es-ga/l/2010/12/28/15#art-14