Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO IISecc. Sección 1.ª Disposiciones Comunes

Art. 30

Derogado
En vigor desde 6 mar 2011
1. El Presidente y los Consejeros de la Comisión Nacional de la Competencia cesarán en su cargo según lo previsto en el artículo 16 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible. 2. El Director de Investigación cesará en su cargo mediante Real Decreto, a propuesta del Ministerio de Economía y Hacienda, previa aprobación por mayoría simple del Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia. Se modifica el apartado 1 por la disposición final 35.6 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo. Ref. BOE-A-2011-4117 .

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eli/es/l/2007/07/03/15#art-30

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