Título TÍTULO IIICapítulo CAPÍTULO I

Art. 87

En vigor desde 11 abr 2015
Los bienes y recursos que integran el patrimonio público de suelo constituyen un patrimonio separado afecto a la consecución de los fines señalados en el artículo anterior. Se modifica por el art. único.21 de la Ley 10/2015, de 8 de abril. Ref. BOE-A-2015-5013 .

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eli/es-ex/l/2001/12/14/15#art-87

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