Título TÍTULO ICapítulo CAPÍTULO II

Art. 26

En vigor desde 8 jun 2018
1. La gerencia de la entidad es el órgano encargado de ejecutar los acuerdos de la asamblea y de la junta directiva. 2. Salvo que en los estatutos se establezcan otras distintas, las funciones de la gerencia serán: a) Formular propuestas de planificación y de dirección de las actividades de la entidad. b) Coordinar, gestionar y controlar las actividades necesarias para el cumplimiento de las funciones y fines de la entidad, e inspeccionar todos los trabajos e instalaciones en las que se desarrollen. c) Ejercer la jefatura del personal a cargo de la entidad. d) Informar y dar cuenta ante la junta directiva y la asamblea general de las actuaciones realizadas. e) Cualquier otra que le sean delegadas por la junta directiva o la asamblea general.
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eli/es-vc/l/2018/06/05/14#art-26

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