Título TÍTULO IVCapítulo CAPÍTULO III

Art. Disposición adicional decimoquinta

En vigor desde 2 dic 2011
Las leyes anuales de Presupuestos Generales del Estado que declaren prioritarias de mecenazgo las referidas actividades de investigación, desarrollo e innovación, podrán declarar como beneficiarias del mecenazgo a las Instituciones de Excelencia, a los efectos previstos en los artículos 16 a 24, ambos inclusive, de la Ley 49/2002.
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eli/es/l/2011/06/01/14#disposicion-adicional-decimoquinta

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