Título TÍTULO IX

Art. Disposición derogatoria única

En vigor desde 12 abr 2003
1. Quedan expresamente derogadas las siguientes normas: a) La Ley 3/1986, de 24 de octubre, de Patrimonio de la Generalitat. b) La disposición adicional tercera de la Ley 4/1998, de 11 de junio, de la Generalitat, de Patrimonio Cultural Valenciano. c) El artículo 9 de la Ley 10/2001, de 27 de diciembre, de Presupuestos de la Generalitat, para el ejercicio 2002. 2. Quedan asimismo derogadas todas las normas de igual o inferior rango en lo que contradigan o se opongan a lo dispuesto en esta ley.
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