Título TÍTULO I
Art. 6
En vigor desde 17 jul 2015
1. La Estrategia catalana para el empleo establece los criterios, directrices, prioridades y objetivos de la política de empleo de Cataluña con carácter plurianual, planifica las líneas de actuación en los ámbitos de las políticas de empleo de acuerdo con las directrices estratégicas europeas y estatales, e incorpora las previsiones presupuestarias y el origen previsible de los recursos necesarios para ejecutarlas.
2. El proyecto de estrategia catalana para el empleo se elabora en el marco del Consejo de Dirección del Servicio Público de Empleo de Cataluña con la participación de los departamentos con incidencia en las políticas de empleo, de las organizaciones empresariales y sindicales más representativas de Cataluña y de las organizaciones representativas del ámbito local que forman parte del mismo, y se somete a informe del propio Consejo.
3. La Estrategia catalana para el empleo, previa aprobación por parte del Gobierno, se somete a informe del Consejo de Participación y, tras su aprobación, debe presentarse al Parlamento.
4. La Estrategia catalana para el empleo debe incluir los siguientes elementos:
a) Análisis de la situación económica, de las tendencias del mercado de trabajo y de la evolución económica de Cataluña, incluido el informe de impacto de género, especialmente de la brecha de género y su evolución.
b) Orientaciones y objetivos a alcanzar en materia de política de empleo en Cataluña.
c) Sistema de indicadores cuantitativos y cualitativos que permitan, como mínimo, hacer valoraciones de género, edad, origen, formación y grado de discapacidad y realizar el seguimiento periódico de los objetivos y su grado de cumplimiento, así como de la eficacia y eficiencia de los sistemas de orientación, formación e intermediación utilizados.
d) Dotación presupuestaria indicativa que incluya los fondos propios y los procedentes de otras administraciones públicas y, en su caso, de otras fuentes de financiación.
5. La Estrategia catalana para el empleo se aprueba con carácter plurianual en los términos establecidos en la misma, sin perjuicio de los sistemas de revisión, actualización y evaluación que también disponga.
6. Para la Estrategia catalana para el empleo, deben realizarse, entre otros elementos de prospectiva, estudios de evaluación sistemática para conocer los índices de inserción laboral de los titulados y graduados en diferentes estudios de formación profesional y en las universidades. Dichos estudios deben llevarse a cabo en coordinación con el sistema de formación y cualificación profesionales de Cataluña y con la entidad representativa de las universidades públicas de Cataluña.
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Proeli/es-ct/l/2015/07/09/13#art-6